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Los retos de nueva Ley 630-16 sobre Relaciones Exteriores
Apostil
José Cáceres Veloz
A partir de hoy, a través de esta nueva plataforma periodística digital, “aplatanaonews.com”, que dirige el brillante periodista, Fernando Quiroz y su equipo de colaboradores, estaremos tocando diversos temas sobre Relaciones Internacionales.
Eso incluirá darle seguimiento a los pasos que da el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), así como el comportamiento de los miembros del Cuerpo Diplomático, acreditado en la República Dominicana. Entiéndase, todas las legaciones de países extranjeros que tienen su sede en el país y la labor que realizan nuestros Embajadores y Cónsules en países extranjeros.
Como ustedes conocerán, el país tiene una nueva Ley Orgánica de Relaciones Exteriores que aprobada por el Congreso Nacional el 16 de julio de 2016, lo que significa un nuevo reto para la diplomacia dominicana en el Siglo XXI.
Unos 13 días después, el día 29, el presidente Danilo Medina emitió el decreto promulgando la Ley 630-16 que regula las Relaciones Diplomáticas y Consulares con el concierto de naciones con qué el país tiene relaciones, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores que es el órgano que debe ejecutar las directrices emanadas del Poder Ejecutivo, que es que dirige la Política Exterior del país.
El excanciller, arquitecto Andrés Navarro, le dio un gran impulso a esa pieza en el Congreso Nacional para lograr su aprobación en los casi dos años que duró al frente del organismo (2014-2016), sin embargo, es el actual titular del Ministerio de Relaciones Exteriores, ingeniero Miguel Vargas Maldonado, que está lidiando con esa nueva normativa.
Para que los lectores de “Aplantanaonews.com” se familiaricen con su contenido, iremos nombrando los artículos medulares de la referida Ley, sus innovaciones, nuevas estructuras y direcciones que la misma ha creado para ponerse acorde a los tiempos y las nuevas exigencias diplomáticas.
La Ley 630-16 tiene unos 96 artículos, 13 capítulos, diversas secciones y contiene una serie de innovaciones que brindarán grandes beneficios al país, si se les da fiel cumplimiento con el tiempo.
Para que ustedes tengan una idea, la derogada Ley 314-64, tenía más de 53 años de vigencia, ya que fue aprobada cuando gobernaba el país el famoso “Triunvirato” en 1964 tras la caída del gobierno del profesor Juan Bosch.
Esa era una Ley totalmente anticuada, que mantenía al país a espalda de la realidad internacional en un mundo tan cambiante que va a la velocidad de la luz.
Un aspecto importante
La nueva ley orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores contempla que la proporción de nombramientos de diplomáticos de carrera no sea menor de un 60% hasta el rango de ministro consejero y de 50% por ciento hasta el rango de embajadores, para lo cual el Gobierno dispondrá de plazos de 10 a ocho años.
La misma no establece, sin embargo, proporción para la designación de empleados de carrera en los Consulados.
El artículo 66 dispone que la proporción de designaciones de funcionarios de la carrera diplomática, tanto en la Cancillería como en el Servicio Exterior, no podrá ser menor de un 60 por ciento hasta el rango de ministro consejero y de un 50% para el rango de embajadores.
Se infiere que el Poder Ejecutivo podrá designar el resto de funcionarios que no sean de carrera diplomática o políticos en un porcentaje de un 40% hasta el rango de ministro consejero y de un 50% para el rango de embajadores.
La normativa deja a discrecionalidad del Poder Ejecutivo establecer la cantidad total de funcionarios a designar en el servicio exterior.
El párrafo 1 del artículo 66 establece que la aplicación de esas proporciones iniciará a partir de la puesta en vigor de la ley con un porcentaje de un 10 por ciento, que irá aumentando en un 5% anual hasta llegar a los topes establecidos. Un reglamento sobre carrera diplomática establecerá el procedimiento para aplicar esas proporciones.
La nueva ley busca cambiar la filosofía de las Relaciones Internacionales del Estado las cuales define como las que constituyen una manifestación del ejercicio pleno de su soberanía, sustentando su desarrollo integral como Nación en función del interés nacional.
El autor es periodista y licenciado en Relaciones Internacionales