Tendencias de la moda que arrasarán esta primavera-verano 2025
Qué es la accesibilidad universal?
Desde mi Perspectiva
Alliett Ortega
Esta semana en desde mi perspectiva hablaremos sobre la Accesibilidad Universal, que es la condición que los procesos, productos, entornos, servicios, objetos y herramientas cumplen, cuando son utilizables, comprensibles y practicables por todas las personas de forma autónoma y natural, respetando al mismo tiempo las condiciones de seguridad. La accesibilidad es viable cuando las barreras se resuelven, preferiblemente, mediante el diseño desde el origen, aunque también mediante ayudas técnicas o adaptaciones. Por consiguiente, la accesibilidad trata de encontrar la manera de que todas las personas, independientemente de sus condiciones, puedan disfrutar del medio que nos rodea, de la manera más sencilla posible y sin ningún tipo de impedimento. Accesibilidad debe ser siempre sinónimo de calidad y seguridad.
A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir de manera independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptaron medidas para asegurar el acceso de las personas con discapacidad en iguales condiciones que las demás, al entorno físico, transporte, la información y las comunicaciones, así como otros servicios e instalaciones abiertos al público, en zonas urbanas y rurales, como: edificios, vías públicas, transporte, escuelas, viviendas, hospitales, lugares de trabajo, servicios de información comunicación, eléctricos y de emergencia.
Barreras es cualquier impedimento u obstáculo que limite o impida el acceso, la libertad de movimientos, la estancia y la circulación con seguridad de las personas. Se distinguen cuatro tipos de barreras: urbanísticas, en la edificación, en los transportes y en la comunicación.
Para promover la accesibilidad se hace uso de ciertas facilidades que ayudan a salvar los obstáculos o barreras de accesibilidad del entorno, consiguiendo que estas personas realicen la misma acción que pudiera llevar a cabo una persona sin ningún tipo de discapacidad. Estas facilidades son llamadas ayudas técnicas. Entre éstas se encuentran el alfabeto Braille, la lengua de señas, las sillas de ruedas, las señales auditivas de los semáforos, etc.
Existen algunos axiomas que deben ser aplicados en los diseños inclusivos de manera de lograr soluciones arquitectónicas universales. Axioma primero de la accesibilidad: una solución que no es segura, no es accesible. Axioma segundo de la accesibilidad: un escalón es una barrera, una rampa debe tener la pendiente adecuada en ambos sentidos. Axioma tercero de la accesibilidad: la puerta del baño adaptado siempre abre hacia afuera del local o es corredera. Axioma cuarto de la accesibilidad: el herraje tipo pomo no es considerado accesible porque no puede girarse con facilidad (sin usar los dedos).
En la actualidad uno de los medios que más han aportado en la accesibilidad, han sido las Tics, ya que las mismas incluyen ayudas como las tipografías de alto contraste o gran tamaño, magnificadores de pantalla, lectores y revisores de pantalla, programas de reconocimiento de voz, teclados adaptados, y otros dispositivos apuntadores y de entrada de información.
Según Tim Berners-Lee (Director e inventor de la Red Mundial Web), “El poder de la web reside en su universalidad. El acceso para todo el mundo, a pesar de la discapacidad, es un aspecto esencial”. La accesibilidad aplicada al contenido de Internet se denomina accesibilidad Web, el W3C, el cual ha desarrollado directrices o pautas específicas para permitir y asegurar este tipo de accesibilidad.
En República Dominicana, en Abril del año 2000, se promulgó la Ley General Sobre La Discapacidad, Ley Nº 42-00, la cual establece que el Estado proveerá de la tecnología adecuada a los centros educativos para la capacitación e información de las personas con discapacidad. Esta ley, considera según la «Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad», la accesibilidad como un derecho que implica la real posibilidad de una persona de ingresar, transitar y permanecer en un lugar, de manera segura, confortable y autónoma. Ello implica que las barreras de entorno físico deben ser suprimidas. Las disposiciones están contenidas en el Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica No. 5-13 sobre Discapacidad, es la primera legislación de ese tipo que cuenta con reglamentos, ya que ni la ley No. 21-91, que reconoce los derechos y deberes de las personas con limitaciones físicas, sensoriales y/o mentales, ni la Ley General Sobre la Discapacidad en República Dominicana No. 42-2000, contaron con ese importante instrumento para su aplicación. El objeto del reglamento es establecer los procedimientos y poner en práctica las normas adecuadas para el fiel cumplimiento de la aplicación de la Ley 5-13 sobre Discapacidad en la República Dominicana. Establece la creación de políticas, iniciativas y acciones que promuevan la vida independiente y la inclusión en materia de educación, trabajo, salud, política, recreación y turismo.
Es muy importante que todas las entidades dominicanas públicas y privadas, se sensibilicen y empoderen de las acciones sobre el trato digno a las personas. Hasta una próxima entrega.