Código penal y justicia
Bajo Escrutinio
Por Rolando Hernández
El código penal según el diccionario de la real academia de la lengua española es un conjunto de normas jurídicas que le son aplicables a las personas que cometen algún delito.
Todas las naciones del mundo en mayor medida cuentan con un código penal con la finalidad de castigar los diversos crímenes que se cometen en sus respectivas sociedades.
La República Dominicana es un ejemplo de ello, la cual cuenta con un código penal que data del año 1884 y el cual tiene como base el código penal de la era napoleónica. (Emperador francés Napoleón Bonaparte 1769-1821)
El código penal dominicano durante los últimos veinte años ha estado sometido a una intensa discusión en sociedad dominicana en lo relacionado a su modificación que tiene como finalidad su actualización.
Entre las modificaciones que se discuten se encuentran: la acumulación de penas, las causales del aborto, prescripción de los actos de corrupción y ampliación de las penas a la violación sexual.
Bajo el nuevo código penal se proyecta que la acumulación de las penas será de hasta los 60 años de reclusión. En la actualidad la pena máxima es de 30 años en prisión. Esta última pena continúa siendo un premio para delitos como los asesinatos, lo que le permite a los que comete un crimen de esa naturaleza quedar en libertad.
Aunque el aborto no está permitido bajo el viejo código penal, el nuevo código en caso de ser aprobado les permitirá a las mujeres poder tener un aborto bajo las llamadas tres causales: primero, cuando la vida de la madre corra peligro.
Segundo, cuando el feto sea inviable con la vida y tercero, cuando el embarazo sea producto de una violación o incesto (relación sexual de padres con hijos, abuelos con nietos, hermanos con hermanos y tíos con sobrinos).
También el nuevo código penal se contempla incluir la prescripción a los actos de corrupción que pueda ser cometida por los políticos y no políticos con contra del Estado dominicano. A pesar de la oposición de la población dominicana a tal medida, lo cierto es que, de aprobarse esa decisión, se consolidarían las bases para la impunidad judicial que históricamente ha afectado a la nación dominicana.
En lo relacionado a la violación sexual como delito, en el nuevo código penal para ser considera como tal se debe haber consumado el acto entre el hombre y la mujer. Además, de que no contempla penalidades para la violación sexual que pueda ocurrir en el matrimonio.
Esta medida que mantiene irritada a los dominicanos se espera que, una vez aprobada la nueva pieza legislativa, las penalidades al delito de violación sexual sean ampliadas como una forma de preservar la integridad y derechos de las mujeres en el territorio dominicano.
Lo cierto es que para garantizar un sistema de justicia integro, todos los dominicanos ameritan de la existencia de un nuevo código penal en el que los infractores sean castigados con las máximas penas judiciales en el que predomine el imperio de la ley. El nuevo código penal debe ser para impartir justicia y no hacer lo contrario.
El autor es periodista, educador y escritor dominicano radicado en el Estado de Nueva Jersey. Puede ser contactado en
rhernandez5@hotmail.com