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La no discriminación de la mala práctica médica
“Legal Solutions in DR”
Dra. Susan Espaillat
El pasado 3 de septiembre del año en curso el Doctor José Domínguez Cabral, Presidente del Colegio de Cirujanos, anunció que están preparando “Un proyecto de Demandas Médicas” con la finalidad de que los reclamos legales que surjan por mala praxis médica no sean “criminalizadas” sino que sean manejadas como parte del derecho civil y no conlleven penas de prisión.
A propósito de este suceso del Periódico Acento, señor Aldo Rodríguez Villouta, solicitó mi opinión de este hecho, el cual con mucho agrado expreso:
La realidad es que en las manos del médico se encuentra la vida de los seres humanos. El practicante de la medicina, tiene una enorme tarea y el ejercicio médico exige una disciplina férrea en preparación, constantes estudios, actualización, dedicación a su paciente y a su carrera.
El alma de la ciencia penal tiene por finalidad evitar determinados comportamientos sociales que se reputan dañinos, acudiendo para ello a la amenaza de la imposición de distintas sanciones para el caso de que dichas conductas se realicen.
En ese mismo orden, nuestra Carta Magna establece que la ley se impone para todos. En tal virtud, la solicitud de “despenalizar” la práctica médica, con la finalidad de minimizar la sanción de aquel médico que haya ocasionado, en el ejercicio de su profesión, daños a un paciente y en ocasiones hasta la muerte a todas luces es un hecho que debe ser penalizado.
Es evidente que el médico pude afectar la vida de personas, en toda su magnificencia: física, psicológica, mental, espiritual y económica, y sus resultados deben ser ponderados y minuciosamente evaluados, y si, y solo sí, se encuentran los elementos constitutivos que lo hacen padecer de sanciones penales, entonces dicho médico debe sufrir sanciones penales en adición de las sanciones civiles.
Desde mi punto de vista, como ser humano y como jurista, despenalizar la mala práctica médica es totalmente impropio y sería premiar al autor del daño ya que no se responsabilizaría personalmente de sus acciones.
Hemos observado que en nuestro país se han reportado más de 345 demandas médicas, de las cuales 200 son civiles y 68 de tipo penal, es una muestra de que el sistema médico dominicano debe exigir a nuestros médicos mayor preparación y no así, justamente para que se minimice los errores médicos.
Evidentemente, la aplicación de una sanción penal como es el caso de la prisión o la multa, tiene que ser impuesta una vez se hayan agotado todos los procesos legales que la ley también impone en beneficio del prevenido, es decir, que el caso sea llevado por ante un tribunal, con evaluación de las pruebas, de las circunstancias médicas y condición del paciente y en un proceso oral, público y contradictorio, en apego al debido proceso y al derecho de defensa consagrados en nuestra Constitución.
La articulista es abogada, con una maestría en Derecho Empresarial y un Post Grado en Procedimiento Civil, escritora del libro “La Responsabilidad Penal de las Sociedades Comerciales”.
Contacto: susan.espaillat@gmail.com.