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La patente de invención
“Legal Solutions in DR”
Dra. Susan Espaillat
El registro de una patente es el derecho que le concede el Estado a una persona física o jurídica, de manera exclusiva sobre una invención durante un tiempo determinado. Según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), una patente le da la facultad a su titular de tomar la decisión de si un tercero puede utilizar su invención así como la forma en la que puede hacerlo.
Existen dos tipos de patentes: las Patentes de Invención y las Patentes de Modelo de Utilidad. En el primero caso, la protección recae sobre la verdaderos inversores, es decir, a la creación de algo que antes no existía, y tiene una duración de 20 años. Por otra parte, en los modelos de utilidad la protección comprende aquellas modificaciones y adaptaciones a un producto o proceso ya existente y su vigencia es de 15 años.
El registro de la patente de invención se encuentra establecida en la Ley 20-00 por ante la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI). El cual establece que toda persona física o jurídica puede ser titular de un registro de patente siempre y cuando la invención cumpla con las características de novedad, tenga aplicación industrial y nivel inventivo.
El objetivo de patentar la invención o la creación es la de asegurar o impedir que terceros puedan comercializar la invención patentada sin el consentimiento previo de su titular.
Es recomendable, en algunas ocasiones, dependiendo de la invención, registrar la misma, tanto en la República Dominicana, como en el extranjero, para proteger el producto en varios mercados.
Dra. Susan Espaillat
Con una Maestría en Derecho Empresarial y autora del libro la Responsabilidad Penal de las Sociedades Comerciales.
Contacto: susan.espaillat@gmail.com;
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