No es obligatorio estar juntos: El divorcio por incompatibilidad
“Legal Solutions in DR”
Dra. Susan Espaillat
El adulterio es una de las causas legales de divorcio
Gracias al auge y al interés de todos en el artículo del divorcio al vapor en la RD, pláceme por esta vía contestar algunas de las preguntas que me han planteado los lectores.
La legislación dominicana prevé la posibilidad del divorcio, aunque uno de los cónyuges no quiera otorgarlo al otro esposo. En ese sentido, nadie está obligado a estar casado con una persona que no quiere.
La forma de interponer este divorcio está prevista en la Ley 1306 Bis de fecha 21 de mayo del 1937, B.O. No. 5034 por la Causa de Incompatibilidad de Caracteres, la cual debe estar justificada por hechos que exige el legislador, tales como: 1) la infelicidad de los cónyuges y la perturbación social, 2) el adulterio, 3) la condena de unos de los esposos a una pena criminal, 4) el abandono voluntario que uno de los esposos haga del hogar por un plazo mayor de 2 años, 5) las sevicias o injurias graves, y 6) la embriaguez o el uso de drogas o estupefacientes.
Como podrán observar, el adulterio es una de las causales que aprueba la ley para la disolución del matrimonio, basta con tener los medios probatorios para alegarlo en justicia, ya sea testigos, videos, fotos, etc.
La ley también determina que si uno de los esposos se encuentra en el país y el otro en el extranjero, el cónyuge que quiere la separación lo puede hacer por la causa de incompatibilidad de caracteres con domicilio en el extranjero e incluso por domicilio desconocido. El demandante si está en el extranjero podrá estar representado en audiencia a través de su abogado y el divorcio se llevará a cabo aunque el esposo demandado no comparezca.
Los documentos necesarios que exige la ley son: acta de matrimonio, acta de nacimiento de los hijos, poder de representación al abogado, lista de testigos, entre otros.
Es importante tomar en cuenta en este tipo de divorcio, establecer la guarda de los hijos menores de edad y la partición de los bienes de la comunidad, tales como: propiedades, cuentas bancarias, etc. Así como una pensión alimenticia para la mujer durante el proceso de separación. En el transcurso del divorcio la mujer podrá dejar la residencia del marido previa notificación al tribunal apoderado del caso.
Dra. Susan Espaillat
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