Nuevo Código Penal, prevenir el próximo feminicidio es la verdadera prueba
Nuevo Código Penal, prevenir el próximo feminicidio es la verdadera prueba
Yanira Fondeur
Promoviendo la Paz
La entrada en vigor del nuevo Código Penal Dominicano, después de 141 años, constituye un avance jurídico que incorpora herramientas para fortalecer la protección de mujeres, niñas, niños y adolescentes frente a distintas manifestaciones de violencia.
Uno de los avances más relevantes es la tipificación del feminicidio como un delito específico. En su artículo 93 establece que se incurre en él quien cause la muerte de una mujer en razón de ser mujer y establece una sanción de con penas 30 a 40 años de prisión mayor y multas de 50 a, 1,000 salarios mínimos del sector público.
Además, contempla circunstancias agravantes, entre ellas cuando la víctima es niña, adolescentes, mujer adulta mayor o con discapacidad, cuando el crimen ocurre frente a hijos u otros familiares, cuando participan dos o más personas o si la víctima está embarazada, entre otros.
Este reconocimiento jurídico también nos obliga a desterrar definitivamente una expresión que por décadas ha contribuido a distorsionar y justificar la realidad: “crimen pasional”.
Un hombre que asesinada a su pareja o expareja no debe ser presentado como alguien que comete el crimen por “amarla demasiado” o porque “perdió el control”, sino por dinámicas de control, dominación, amenazas y otras manifestaciones de violencia de género.
Por eso, detrás de cada feminicidio debemos preguntarnos ¿qué ocurrió antes?, ¿hubo amenazas, agresiones, acoso, control económico o una orden de protección incumplida?
Una pena severa no garantiza por si sola la reducción sostenida de los feminicidios. La prevención requiere detección temprana, evaluación de riesgo, protección efectiva respuesta judicial oportuna, seguimiento a los agresores y políticas públicas sostenidas.
El nuevo Código Penal sanciona el incumplimiento de las órdenes de protección lo que representa un avance importante, pero la orden solo protege cuando se dicta a tiempo, se supervisa y existe respuesta inmediata ante su violación.
También reconoce la violencia económica, cuando la pareja impide que la mujer trabaje, cuando trabaja y controlar sus ingresos, cuando la priva de recursos y le limita su capacidad para terminar su relación. Asimismo, incorpora el acoso digital, la difusión no consentida de contenido íntimo y otras formas de violencia mediante medios tecnológicos como instrumento de control y humillación para ejercer violencia.
La verdadera prueba será ahora analizar cuántas vidas podremos proteger antes de ocurra la tragedia logrando que funcionen las herramientas del nuevo Código.
La prevención comienza mucho antes del delito. Convivir en paz en un derecho, pero también una responsabilidad compartida.
La autora es la presidenta de la Fundación Vida Sin Violencia.
@Yanira_Fondeur
