Un emporio escondido: Las Cooperativas en RD
“Legal Solutions in DR”
Dra. Susan Espaillat
Las cooperativas son instituciones conformadas por grupos de personas con necesidades comunes, que de manera voluntaria han decido reunirse para constituir una organización donde las pautas a seguir serán determinadas por los socios de manera democrática. Estos grupos cooperativistas se han concentrado en la forma más difundida de entidades de economías social en los últimos tiempos y dan financiamiento a miles de dominicanos, que no tienen otra opción para satisfacer sus necesidades financieras. En el año 2017 se localizaron 88 cooperativas registradas donde se encuentran suscritas más de 1.3 millones de dominicanos como socios.
El auge de la constitución de las cooperativas responde a su enfoque social basado en cláusulas de responsabilidad limitada. Tienen presencia en casi todos los sectores de la industria y el comercio y cuentan con participación en la mayoría de las provincias.
La principal función de la cooperativas se engloba en 2 aspectos: el económico y el sociocultural fomentando el rol de la enseñanza de los socios.
Entre sus principales características se encuentran: 1) la sociedad cooperativa debe constituirse en escritura pública e inscribirse en el Registro de Sociedades Cooperativas en IDECOORP, 2) los socios tienen una responsabilidad que se limita al capital aportado, 3) cada socio tiene derecho al voto en la toma de decisiones, 4) el domicilio social de la cooperativa se ubica en el municipio donde realice sus actividades o centralice la gestión administrativa, 5) el organismo administrativo y de control está conformado básicamente por tres departamentos: a) la asamblea general, b) consejo rector, y c) contabilidad encargados de supervisar las cuentas.
En nuestro país la legislación que regula la constitución de las Cooperativas es la Ley 127 del 27 de enero del 1964 y su Reglamento de Aplicación. Para constituir una cooperativa se requiere un mínimo de 15 socios, elaborar los estatutos sociales, celebración de asamblea general constitutiva y elegir los órganos de administración y sus funciones. La solicitud de Incorporación se dirigirá al Poder Ejecutivo vía el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo IDECOOP organismos gubernamental encargado de regular el desarrollo del cooperativismo en el país.
Las cooperativas son actualmente, un emporio escondido, por la cantidad de capital que manejan, superando en muchos casos a bancos o entidades de intermediación financiera, con la gran ventaja de que las cooperativas no se encuentran reguladas por los órganos de supervisión, fruto a la debilidad en la legislación.
Para abril del 2016 se estima que los activos de 685 cooperativas que operan en el país ascienden a un valor equivalente aproximado de 2 mil millones de dólares, igual al 7% del total de activos financiero nacional, según datos divulgados por la Cuna Mutual Group, proveedor de servicios financieros en el ámbito mundial, orientados exclusivamente hacia el mercado de las cooperativas. Según ellos las cooperativas mueven actualmente el 3% del PIB nacional.
Dra. Susan Espaillat
Con una Maestría en Derecho Empresarial y autora del libro la Responsabilidad Penal de las Sociedades Comerciales. Catedrática Universitaria en las materias de Derecho Comercial y Empresarial.
Contacto: susan.espaillat@gmail.com;
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