La manutención de los hijos menores
“Legal Solutions in DR”
Dra. Susan Espaillat
La legislación dominicana prevé el procedimiento adecuado para establecer el grado de participación de ambos padres en la manutención de sus hijos menores de edad. Esta se encuentra amparada en la Ley No. 136-03 Código de Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.
La misma establece en primer término un proceso conciliatorio a cargo del padre o del tutor que se ve afectado, por ante la fiscalía del Juzgado de Paz del Municipio donde reside el menor, si la persona obligada a la manutención no comparece o no se llega a un acuerdo conciliatorio o el acuerdo se incumpliere, la parte interesada podrá apoderar al Juzgado de Paz mediante una demanda en manutención.
La demanda en manutención abarca cubrir todas las necesidades para la vida digna del menor, tales como: alimentos, habitación, vestido, asistencia médica, medicamentos, recreación, formación integral y académica hasta los 18 años de edad.
La parte demandante deberá aportar todas las pruebas necesarias para demostrar la solvencia económica del padre así como las pruebas de las necesidades del hijo acorde al estatus social, la pruebas pudieran ser: carta de trabajo, cartas bancarias, estados financieros, facturas del colegio, entre otros gastos del hijo. A falta de alguna prueba importante el juez apoderado evaluará a su íntima convicción la situación de cada caso siempre pensando en la conveniencia del menor.
La sentencia que dictare el tribunal apoderado es ejecutoria a partir de los diez días, plazo en el cual el padre podrá interponer recurso de apelación en caso de no sentirse conforme con la decisión emanada.
El incumplimiento de esta sentencia conlleva a una condena de dos años de prisión correccional la cual queda suspendida al reanudarse el cumplimiento del pago impuesto por el juez.
En caso de que el padre demandado se encontrara fuera del país, este procedimiento se deberá notificar al padre con domicilio en el extranjero, si el padre no comparece o no es representado por su abogado en la audiencia, la sentencia se le impone aunque se encuentre en el extranjero. Esta decisión podrá ejecutarse en el padre una vez vuelva al país o trabando medidas conservatorias en sus bienes personales.
Dra. Susan Espaillat
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